Parlamento cubano: algunos problemas frente a 2018 (I parte)
La sucesión del poder en Cuba conlleva también grandes desafíos en materia de funcionamiento institucional.
Ante la ausencia de las prometidas Ley Electoral y nueva Constitución, el perfil de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), máximo órgano de Estado en Cuba, continuará siendo el mismo cuando, a partir de abril de 2018, comience su IX Legislatura. Será un escenario que no contará con Raúl Castro Ruz como presidente de los Consejos de Estado y de Ministros. Sin embargo, el actual presidente será diputado. Se trata de una situación nunca antes manejada por la ANPP: contar en su seno con uno de los dos líderes históricos de la Revolución cubana, sin que ocupe los máximos cargos estatales. En teoría, la nueva situación se explicará a través del poder moral del liderazgo histórico. En los hechos, Raúl Castro tendrá 92 años al término de su nuevo mandato como diputado y, hasta el momento, no ha anunciado que dejará el cargo de primer secretario del Partido Comunista de Cuba (PCC) —cuyo próximo congreso será en 2021—. Según el artículo constitucional No. 5, el PCC es la “fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado”.
La magnitud de los desafíos que representa la sucesión de poder de la “generación histórica de la Revolución” está lejos de limitarse a una mera cuestión de edad.
De hecho, la transición generacional ha ocurrido desde hace varios años. Rafael Hernández ha insistido en ello: en 2016, el promedio de edad del Comité Central del PCC había sido reducido de 59 a 54 años. En el Consejo de Ministros solo cuatro miembros tenían más de 80 años y la edad promedio oscilaba entre 56 y 60. Más de la mitad de los ministerios y de las instituciones estatales eran dirigidas por personas menores de 60 años. La ANPP electa en 2013 mostró algo similar: 78,10 por ciento de sus miembros nació después de 1959 y su promedio de edad fue de 48 años. La recién electa en marzo pasado corrobora el dato: su promedio de edad es de 49 años y 80 de sus diputados tienen entre 18 y 35 años.
No es la edad un problema del sistema estatal cubano. No obstante, está atravesado por otros conflictos de crucial importancia en materia de funcionamiento institucional. Son estos los que recibirán atención en las páginas siguientes, no sin antes hacer un breve recorrido por la historia parlamentaria cubana previa a 1959.[1]
La historia parlamentaria en Cuba
La historia congresional previa al triunfo de enero de 1959 no era uno de los temas más socorridos entre los motivos de orgullo de la “cubanía” en aquellas fechas.
La Constitución de 1901, inspirada en la tradición estadounidense y condicionada por la ocupación militar de ese país (1898-1902), modeló un defectuoso sistema de separación de poderes y consagró una hiperbólica distribución político-territorial, que sería fuente permanente de corrupción y falta de calidad, representatividad y eficacia de instituciones como el senado y los gobernadores provinciales, junto a un sistema electoral cuyas carencias —bipartidismo expresivo de facciones intraoligárquicas e inexistencia de registro oficial de empadronamiento, entre otras— propició de continuo el fraude electoral. Una de las críticas recurrentes al Senado instituido en 1901 era la siguiente: era representativo de una entidad política, económica y social —la provincia—, que no tenía “vigencia real en la vida”. Así lo dijo el abogado y senador cubano Joaquín Martínez Saénz (1900-1970): “El Senado quiere ser la representación política de la Provincia, y la Provincia, entre nosotros, por más que se ha hecho no tiene una función propia económica, política y social que la individualice, y que reclame el derecho de una representación paritaria en un Cuerpo Colegislador Nacional.”[2]
La Constitución de 1940 tampoco alteró la estructura política-territorial y reeditó los problemas que esto planteaba al aparato de representación política. Mantuvo la tripartición de poderes y no modificó el sistema representativo, frente a propuestas de crear instituciones “funcionales”, como un senado corporativo.
La crítica de esa época a la “vieja política” —propia de la república oligárquica, tan duramente combatida por la Revolución del treinta— provino de un vasto campo de actores, tanto de sujetos burgueses dominantes como de actores obreros. En el contexto de una cultura política que identificaba como sus polos extremos el fascismo y el comunismo soviético, la mayor parte de ese campo crítico no renunció al componente “liberal” de la democracia (sistema de partidos, gobierno representativo, separación de poderes, gobierno limitado), sino que intentó reformularlo en una disputa por la hegemonía ideológica que, de paso, les proveyese el control del campo social cubano.
Las críticas al sistema institucional existente desde 1901 poseían diversas tesituras, entre ellas un plano moral. Diferentes actores manifestaban que era “innoble”, además de “ruinoso”, mantener la “dictadura de la incapacidad”, la dictadura “envilecedora de la ineptitud”. El Congreso cubano era blanco de gruesas críticas, como ser el “más grande del mundo” y en ello el más costoso e inservible.
Para la década del treinta del pasado siglo, toda la estructura institucional representativa del país era acusada de haber hecho “nada” en cuatro décadas de vida republicana. En tal lógica, de la incapacidad para hacer algo útil devenía la peor dictadura: la que “envilece y enerva las almas”, que era “peor que la de Italia y Rusia” y solo dejaba a su paso “un arrastre de escepticismo nacional y debilitamiento de la energía cívica”.[3] La cifra de los proyectos legislativos presentados a la Cámara de Representantes a mediados de la década del treinta se estimaba en 500, una parte muy importante de los cuales tenía este destino: se “estanca o se duerme o se volatiliza” en el curso congresional.[4]
En 1939 existían en Cuba 12 partidos políticos. El grueso de ellos era calificado en esa propia hora de “instituciones creadas para satisfacer ambiciones de grupo”. La causa del problema fue localizada en el “individualismo, tan característico de la personalidad cubana”.[5] Se les acusaba de estar dominados por la “absoluta falta de ideología” y de legislar en su autointerés. La corrupción continuaba siendo un mal incardinado en la vida política. Varios discursos encontraron su causa en factores estructurales y no solo en juicios “morales”. Entendieron que las burocracias eran el medio de vida de la clase media: trabajo fácil, enriquecimiento rápido, escenario de impunidad y la carencia de inserción en la economía nacional eran factores que, conjuntados, hacían “del cubano de la clase media un ser que vegeta en la oficina pública para poder subsistir”.[6]
Por lo anterior, el sistema institucional era inservible para sectores sociales tan relevantes como diferenciados entre sí. Si altos sectores capitalistas reformistas y sectores medios empresariales, profesionales e intelectuales tenían un problema de control sobre el sistema político (frente a la más vieja oligarquía y burguesía rentista), los sectores plebeyos/obreros confrontaban la tragedia de su exclusión.
Como parte del proceso posrevolucionario de 1933, el escritor Miguel de Marcos (1894-1954) registró un “nuevo lenguaje” en el Senado cubano, propio de los “nuevos tiempos”. De Marcos escribía: “Un senador, que procede de los mejores rangos revolucionarios, hombre de ideas y doctrinas por encima de todo, nos decía en una conversación cordial e íntima, mientras resonaba el timbre llamando a sesión: hay todavía una situación de divorcio entre el país real y el país legal. El pueblo no cree aún en el Congreso [y pone en duda inclusive] la veracidad de unos comicios constituyentes. El Congreso tiene que vencer esa resistencia con la sinceridad, con la buena fe. Tiene que hacer un supremo esfuerzo para ganar la confianza. Si lo hace, la república está salvada.”[7]
Como se puede apreciar, la “situación de divorcio entre el país real y el país legal” es un viejo problema cubano.
Con todo, esa historia tuvo sus momentos y no es útil —salvo para quien lo necesite para sus reclamos particulares de legitimación— rechazarla en bloque. La Constitución de 1901 fue festejada por amplios sectores cubanos. El constituyentista Domingo Méndez Capote (1863-1934) aseguró: “Ojalá […] que esta página de nuestra historia que acaba de escribirse aquí, constituya la base sólida, permanente, firme y estable de la próspera, libre y dichosa república cubana”.[8] Blas Roca (1908-1987), líder comunista, juzgó así la Constitución de 1940: “puede calificarse, en general de progresista y, en algunos aspectos, de realmente avanzada.”[9]
Entre los aspectos que justificaban ese tipo de afirmaciones se encontraban la consagración del descanso retribuido, extensible a todas las industrias; el pago de los días festivos y la semana de 44 horas, el reconocimiento del derecho de huelga, la prohibición de separación del trabajo sin previo expediente, las garantías establecidas para la sindicalización, la preponderancia del nativo en lo preceptuado sobre el sistema de contratos colectivos; la protección a la maternidad; la obligación de admitir aprendices como demanda de la juventud; y el seguro social, incluyendo la protección de los desocupados.
En general, esta posición valoraba la consagración del principio de la intervención estatal en la economía; la regulación legal de los contratos de arrendamiento, fijando la renta máxima y el mínimo de duración; la limitación del latifundio; la abolición de los censos; y la restricción de la posesión de las tierras a los extranjeros, entre otras demandas. Son contenidos que cualquier posición democrática podría hacer suyas, actualizándolas y haciéndolas cumplir en la Cuba de hoy, también porque el pueblo cubano las hizo suyas.
Entre ese pueblo estaba Nicolás Cordero Rosales, vecino de Calzada de Coloma no.122, en Pinar del Río, quien ofreció en 1940 al nuevo Estado cubano sus servicios gratis, por dos años, lo que según él harían “muchos cubanos” para eliminar la deuda con los Estados Unidos y disminuir los impuestos.
El sistema estatal cubano vigente: poder, Asamblea Nacional y PCC
La Constitución de 1976 —según el historiador y jurista cubano Julio Antonio Fernández Estrada— fijó como eje del sistema político y social los principios de igualdad y dignidad, no estableció alineaciones con bloques militares internacionales (Cuba nunca suscribió el Pacto de Varsovia); consagró el ideario de justicia social, lucha por la libertad, independencia nacional y defensa de la soberanía de los pueblos —sobre el que fundamentó un activo y justiciero derecho de asilo—; dio prioridad al interés público frente al interés privado en las relaciones económicas —no reconoció la propiedad privada ni la libertad de empresa, y prohibió la “explotación del hombre por el hombre”— y reguló el sistema del Poder Popular como forma del Estado, reconociendo la soberanía popular con recursos como elecciones, reconocimiento de la iniciativa legislativa popular con 10.000 firmas de electores, procesos de rendición de cuentas y de revocación de los mandatos.
Esa Constitución —promulgada en 1976, reformada en 1978, 1992 y 2002 y vigente hoy— considera a la ANPP como el “órgano supremo del poder del Estado”, que “representa y expresa la voluntad soberana de todo el pueblo”.[10] Tiene funciones ejecutivas, legislativas y constituyentes. Sus períodos de mandato son de cinco años. Desde 1976 dicho lapso se ha extendido, a través del recurso legal correspondiente, en dos ocasiones: la III Legislatura tuvo lugar entre 1986 y 1993 —derrumbe de la URSS mediante—, y la VIII Legislatura —la que cesa este mes de abril— fue prorrogada por pocos meses, por los efectos del huracán Irma.
La ANPP es, según la Constitución, el máximo órgano de Estado en Cuba. Al mismo tiempo, la misma Constitución coloca la sede del poder político en el Partido Comunista de Cuba (PCC). En la Constitución de 1976 este era la “vanguardia organizada marxista-leninista de la clase obrera”, pero la reforma de 1992 amplió su base social y pasó a considerarlo un partido “martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana”. En la práctica, el PCC no ha dejado de ser de “vanguardia” y no se ha discutido transformarlo en un partido de masas.
El funcionamiento interno del Partido no quedó sujeto en 1992 a una obligación constitucional de funcionamiento democrático. La obligación de ese tipo de funcionamiento le viene asignada al PCC por sus Estatutos y Reglamentos, que producen efectos jurídicos solo ante sus miembros. Ante el incumplimiento de los deberes del Partido, solo los militantes están habilitados jurídicamente para la reclamación de derechos. Esta diferencia entre derechos de los militantes y derechos de los ciudadanos respecto a la actuación de “la fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado” contradice el principio constitucional de igualdad.
No obstante, desde el punto de vista formal, la reforma de 1992, al sustituir el deber estatal de actuar a favor de obreros y campesinos por el deber de hacerlo a favor de ciudadanos trabajadores, consagró un criterio institucional de la política estatal —contra un criterio estrechamente ideológico de esta— que podría abrir paso a la expresión de un mayor pluralismo ideológico con acceso a las decisiones estatales. En esa lógica, Raúl Castro ha defendido públicamente el derecho de todos los ciudadanos —no solo de los militantes del PCC— a ocupar cargos estatales.
Ahora, varias señales indican retrocesos en este aspecto. Aun teniendo el PCC el poder constitucional de dirigir al Estado, la Comisión Nacional de Candidaturas estimó necesario colocar como candidatos a diputados de la recientemente electa ANPP a todo el Buró Político (17 de 17 miembros), a todo el Secretariado (cinco de cinco), a todos los primeros secretarios (16 de 16) y a 67 de los 142 (casi la mitad) de los miembros del Comité Central del PCC —sin contar la presencia de funcionarios del PCC de otros niveles—. Por otra parte, analistas han estimado que la militancia del PCC y de la UJC está cerca de 1 millón 200.000 (alrededor de 14 por ciento del padrón electoral cubano, cercano a los ocho millones 500.000), mientras que su presencia en el total de la nueva ANPP ocupa 96 por ciento.
La Comisión Nacional Electoral es el órgano encargado de organizar el proceso eleccionario para la ANPP y velar por su legalidad. Es designada por el Consejo de Estado, se constituye en la fecha que este determine y sus miembros toman posesión de sus cargos ante el Secretario de este órgano. No cuenta con autonomía administrativa, financiera y organizativa ni existe jurisdicción en materia electoral, de modo que las conductas ilícitas que le competen se tramitan por los Tribunales Municipales Populares. Yuri Pérez, profesor de la Universidad de La Habana, ha defendido otro perfil para ese órgano: “Desde el punto de vista de la estructura institucional, es oportuno contar con organismos permanentes que rectoren la actividad electoral (…)”, así como “la creación de una jurisdicción especial para temas electorales, que permita el acceso a un tercero imparcial por si se vulnera algún derecho en este orden y exista una decisión de los organismos electorales que no satisfaga a los ciudadanos.”
Los candidatos a diputados son propuestos por la Comisión Nacional de Candidaturas (CNC), integrada por representantes de las organizaciones sociales reconocidas por el Estado. Su diseño promete eludir el monopolio de las partidocracias y poner la nominación en manos de la mayor cantidad posible de personas, socializando así las instancias de nominación. De la lista completa de sus propuestas, hasta 50 por ciento deben ser personas electas, primero, como delegados municipales. El resto, las propone libremente entre personas que considera “de interés nacional”.
Las organizaciones sociales integrantes de la CNC están subordinadas al PCC. Su presencia actual dista mucho de las que tuvieron en sus orígenes. Vistos los resultados de sus propuestas de candidatos desde 1992 hasta ahora, no toman como base la condición legal general de “ciudadanos”, que es la empleada por la Constitución y la Ley Electoral como condición legal de acceso al Estado, sino categorías cualificadas políticamente, como la de ciudadanos que autoidentifican como “revolucionarios”. No obstante, sus propuestas integran un organismo universal, el Estado, que pertenece según la Constitución a todos los ciudadanos, y no un organismo político particular, de naturaleza selectiva, como un partido. Con todo, incluso tomando como base para sus propuestas personas inequívocamente revolucionarias, su trabajo ha arrojado problemas de transparencia y control popular. Una muestra reciente de lo impenetrable, e inimpugnable, de su trabajo fue la selección de solo dos de los que fueron los “cinco héroes prisioneros del imperio”[11] como candidatos a diputados, sin aportar argumento alguno de por qué los otros tres no calificaban para tal estatus, tratándose “Los Cinco” de figuras harto conocidas y respetadas por la gran mayoría de la opinión pública insular.
Una alternativa propuesta “al interior” de este sistema de las Comisiones de Candidaturas sugiere que: “Debe haber un proceso eleccionario en las mismas estructuras organizativas de cada sitio, en el que esa persona que se eligió y los representará, vaya mandatada con una propuesta de quién considera que debe integrar la Asamblea Nacional y constituir presidencia y vicepresidencia”. Su autor, Harold Bertot Triana, profesor de la Universidad de la Habana, considera que esta sería “una manera superior de canalizar los anhelos y propuestas del pueblo que integra esas organizaciones.” En otra dirección, voces críticas califican este sistema de filtro manejado por el PCC en su exclusivo interés.
El discurso de la Comisiones de Candidaturas subraya que la integración de la ANPP por sectores socio-ocupacionales es una fortaleza del sistema institucional, por integrar un amplio arco de sectores sociales y laborales. Cada nueva Asamblea (desde 1992 en que se crearon las Comisiones de Candidaturas) ha sido presentada como una “radiografía del país real”. Por ejemplo, la ANPP recién electa posee 53,22 por ciento de mujeres; 40,66 por ciento de negros y mestizos y 234 diputados “están vinculados directamente a la producción, al sector no estatal, salud, investigación y educación, así como al ámbito campesino y cooperativo.”[12]
El hecho ha habilitado la pregunta sobre si este diseño tiene alguna relación con modelos corporativistas, propuestas que en la historia cubana buscaron la representación de sectores sociales por sí mismos, “por fuera” de los partidos políticos. En mi opinión, no tienen relación alguna. El sistema vigente de nominación y elección de candidatos a diputados tiene como única base técnica la representación territorial.[13] Este criterio brinda posibilidades participativas y de control sobre el representante, entre ellas la de contar con un delegado que es a la vez un vecino, con lo que se acerca la posibilidad de conocerlo, de vincularse con su trabajo y de colaborar con las tareas de gobierno. Sin embargo, tiene también limitaciones: a) “condiciona que las personas estén representadas ante todo como consumidoras, de modo pasivo y no como productoras”[14] y b) el mandato conferido a los candidatos no puede tener escala ni contenidos diferentes a lo que él puede manejar en su territorio —con lo que se limita estructuralmente la naturaleza del mandato— y grupos sociales con intereses específicos no “locales” se quedan sin cauces de representación institucional para introducir sus temas en las agendas públicas locales, regionales, nacionales y globales.
Desde la pasada década del noventa hasta hoy, han sido presentadas alternativas al criterio territorial como exclusivo para la representación política. Miguel Limia sugirió complementar la representación territorial con la “laboral”: una parte de los electos representaría a territorios, y el resto representaría a la estructura económica del país. Dicho autor se apoyó en que las Comisiones de Candidaturas trabajan de hecho sobre la base de proponer candidatos según la estructura productiva y de servicios del país.
En la práctica, las Comisiones de Candidaturas nominan a un deportista, o a un maestro, para tener personas representativas de los sectores, no representantes de ellos. Así lo dijo expresamente Jorge Lezcano, mientras dirigía una de las Comisiones de Trabajo de la ANPP: “¿Por qué [el diputado Ariel] Pestano [que en ese momento era diputado y deportista activo] debería rendirle cuentas [de su actividad parlamentaria] al Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (INDER)? Si el INDER no lo eligió ni lo propuso. ¿De qué le rendiría cuentas? ¿Del Deporte? ¿De lo que él ha propuesto en la Asamblea para que mejorara el Deporte? ¿Qué valor tendría ello ante la dirección del INDER, ante los trabajadores del INDER? No tendría ningún valor. Para tenerlo tendría que elegirlo el INDER, los trabajadores del INDER. Él no se elige como deportista. Son cosas distintas. Si solo representara al INDER discutiría exclusivamente cuando se proponen los temas del INDER”.[15]
Asimismo, la “radiografía del país real” deja algunos problemas fuera de foco. En la recién electa ANPP, el grupo social del funcionariado —a cualquier nivel— ocupa un tercio del total de diputados. Las personas vinculadas directamente a la prestación de servicios son menos de un cuarto del total. Según analistas, tanto el sector productivo, como la sociedad civil están sub-representados. El asunto coloca otra vez la mirada sobre el criterio seguido por, y en la transparencia y el control público ejercible frente a, las Comisiones de Candidatura. (2018)
Fin de la primera de dos partes.
Notas:
[1] En textos recientes, he analizado las elecciones cubanas de noviembre de 2017 y me he referido a la forma de gobierno cubana (ver aquí, aquí, y aquí). En este artículo abordo la cuestión específica de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
[2] Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, 1940, Vol. II, No. 70, p. 21.
[3] “Editorial: La dictadura trágica”, Carteles 29, No. 34, 22.08.1937, p. 25.
[4] “Editorial”, Bohemia, Año 28, No. 44, 01.11.1936, p.33
[5] García Mayo, Manuel. “Estado actual de la sociedad cubana: Economía. Sociedad. Política”, Revista
Bimestre Cubana XLV (primer semestre), 1940.
[6] Idem.
[7] Marcos, Miguel de: Apuntes del Senado, La Habana: Maza, Caso y Cía, 1937, p. 30
[8] Roig de Leuchsenring, Emilio: “Nuestra primera Asamblea Constituyente. La elección de delegados a la misma y sus opiniones sobre la labor a realizar.” Carteles (Vol. XXXIII, No. 49. Habana. Dic. 3), 1939, pp. 72–73
[9] Roca, Blas: El pueblo cubano y la nueva Constitución. La Habana: Ediciones Sociales, 1940, p. 14.
[10] La Constitución cubana experimenta hoy una “extraña vigencia”: parte de sus contenidos están puestos “entre paréntesis” a causas de “experimentos” como el ejecutado en las provincias de Artemisa y Mayabeque, que desarrollan contenidos distintos al regulado en la ley de leyes, como la separación de las funciones de Estado y de Gobierno en provincia y municipio. En varias zonas del discurso institucional cubano el documento Lineamientos de la política económica y social del Partido y la Revolución para el período 2016-2021 parece ser percibido como más importante que la Constitución.
[11] Con ese apelativo se identifican en Cuba los cinco agentes de los servicios de inteligencia cubana que fueron detenidos y juzgados como espías en los Estados Unidos y que finalmente se reunieron de regreso en la isla el 17 de diciembre de 2014, momento que marcó el restablecimiento de las relaciones diplomáticas entre los dos países.
[12] Granma, 10.03, 2018, p. 1
[13] Los candidatos a diputados son propuestos por la Comisión Nacional de Candidaturas, pero deben ser nominados (en términos simples: llegan a la boleta electoral) por la Asamblea Municipal respectiva, y son electos como diputados, de modo directo, por los electores de un municipio.
[14] Limia, M.: “Política, Estado y transición socialista”. En Política, Estado y transición socialista (págs. 147-151), Ciudad de La Habana, Ciencias Sociales, 2008.
[15] Lezcano, J.: Entrevista con funcionario. Director de la Oficina de Información y Difusión de la ANPP. (J. C. Guanche, Entrevistador, lugar: Oficinas Auxiliares de la ANPP). Archivo del Autor. (11 de 06 de 2010).
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