Eutanasia en Cuba: los límites de lo posible
Polémico por su naturaleza humana e implicaciones bioéticas y jurídicas, el tema ha sido incluido dentro del Proyecto de Ley de Salud Pública que será sometido a aprobación por el parlamento cubano. Con el interés de pulsar la opinión, la Redacción IPS Cuba se acerca a un grupo de personas integrantes de la sociedad civil en la isla caribeña.
-
¿Qué se entiende por eutanasia y cómo podría ponerse en práctica en Cuba, según lo que propone el Proyecto de Ley de Salud Pública, que lo reconoce como derecho a una muerte digna?
Luis Carlos Marrero ChasbarComo soy teólogo, no puedo dejar de recurrir al origen etimológico del término. La palabra proviene del griego antiguo euthanasía y luego pasa al latín como euthanasia. En ambos casos, su significado es “buena muerte”, “muerte tranquila”, “muerte sublime” y ha sido practicada desde mucho tiempo en animales y seres humanos.
Creo que la problemática sobre este tema en Cuba puede estar condicionada o no por lo que se entienda de este procedimiento y cómo las autoridades sanitarias logren hacerlo potable al lenguaje común de la ciudadanía. En un afán de estar actualizados a los tiempos que corren, queremos cambiar cosas de la noche a la mañana, sin un estudio previo que implique a la población. Posiblemente usted le pregunte a un ciudadano común, de los de a pie, qué es la eutanasia y no sepa responderle o, en el mejor de los casos, le hable de un estilo de muerte.
En cuanto al planteo de que el Ministerio de Salud Pública (Minsap) lo reconozca como un derecho a una muerte digna, eso es controversial en estos momentos porque, precisamente, la disputa de sentidos que se está dando en el actual escenario cubano radica en el campo de los derechos, además de que es una decisión que pasa por el derecho del ser humano que decide esta opción, no el de nadie más. Véase que es muy complejo este debate: ¿por qué y desde dónde se construyen estos “derechos” o se determinan cuáles son? ¿Dónde quedaría el derecho a la vida en la Declaración Universal de Derechos Humanos? Es muy complicado y casi siempre son los centros de poder los que determinan cuáles son esos derechos.
Ver todas las respuestas
Para responder a esta pregunta, voy a referirme al concepto de eutanasia: intervención de acción u omisión aceptada voluntariamente por el paciente y/o representante legal, realizada por un profesional médico que acelera la muerte de un paciente con una enfermedad terminal, con la intención de evitar sufrimiento y dolor innecesario.
En América Latina y el Caribe, las particularidades del contexto socioeconómico y cultural hacen que el problema fundamental no sea cómo se muere, sino cómo se vive. La carencia de recursos incide en que un enfermo terminal sea una carga para la familia, por lo que «la ayuda a morir es una opción». De ahí que los intereses van más allá de solamente eliminar el sufrimiento del paciente, por lo cual se debe tener mucho cuidado a la hora de que el personal médico tome una decisión.
Hay acuerdo, entre muchos autores, en definir la eutanasia como el acto deliberado de dar fin a la vida de una persona, por voluntad expresa de la propia persona y con el fin de evitar su sufrimiento.
En esta dirección se trata de la propuesta de eutanasia asistida, a diferencia de la eutanasia aplicada con fines sancionatorios por el Estado al causar cierto tipo de muerte ejecutada por medios químicos, en casos de condena máxima.
El tema es polémico, en el sentido de los fines morales implicados, personales o colectivos; las mediaciones que operarían en el acto; los límites de su implementación; las normas ético-profesionales de la medicina, los principios teológicos que rigen el abordaje del tema, la consideración ética de libertad y libre albedrío, entre otras.
De manera que la puesta en práctica de un código de eutanasia asistida —aprobado sólo en varios países, hasta el momento— generaría, seguramente, diversas reacciones a favor y en contra en distintos segmentos poblacionales y de acuerdo a sus preceptos éticos, religiosos, profesionales, culturales y otros.
El asunto implica la consideración de la muerte como una etapa de la vida; el sufrimiento personal, familiar y colectivo vs. el bienestar máximo posible en etapas finales de la vida para todos.
Como sabemos, de manera general, la eutanasia es la práctica médica que provoca el fallecimiento de una persona de forma voluntaria. Como consta en el texto Expresiones y términos jurídicos, de los autores Marcio Luis Pérez y José Luis Artola, quienes en su página 146 recogen el concepto, esta muerte debe provocarse sin sufrimiento, alegándose el estado del enfermo en grado terminal, en tanto se repita sobre muerte por piedad, formando una parte importante de la bioética médica.
Algunos criminalistas y estudiosos de las ciencias médicas y la medicina legal la denominan suicidio asistido. En Cuba se recoge en la propuesta de las modificaciones legislativas y estará, como toda norma, regulada por un reglamento. En cuanto al derecho a una muerte digna, desde mi percepción personal, el asunto se convierte en un tema controversial que requiere un tratamiento adecuado, dada la sensibilidad que implica.
-
Existen múltiples discrepancias sobre las diferencias entre conservar y prolongar una vida. A su juicio, ¿cuáles son las implicaciones de índole bioética, social, médica, jurídica y religiosa que se debaten hoy en Cuba en relación con este asunto?
Ovidio D´Angelo HernándezDesde el punto de vista de una bioética emancipatoria considero que el tema pasa por el ejercicio del libre albedrío personal acerca de lo irremediable o no de transitar por una condición físico-espiritual de sufrimiento sin final positivo y, muchas veces, prolongado, tanto para el individuo como para sus cuidadores, familiares o no.
En el caso de algunas posturas religiosas podríamos referir a San Agustín, cuando diferencia entre libertad y libre albedrío. Para él, este último sería la capacidad de tomar decisiones, mientras que la libertad la considera como la capacidad de usar correctamente el libre albedrío y elegir el bien, algo dado por la gracia divina.
El concepto de bien personal —sujeto entonces a tal opción de libertad— es determinista, en tanto no depende de la consideración de la persona, sino que es definido externamente por un poder superior, de acuerdo con las creencias afines. No obstante, en la misma tradición se encuentra la cita bíblica: “podrás escoger según tu voluntad, porque te es concedido” (Moisés 3: 17), cuestión que corresponde a las definiciones teológicas.
La muerte, como condición inevitable de culminación física-psíquica de la vida -—más allá de consideraciones metafísicas posibles—, puede sobrevenir abruptamente o de manera dolorosa y quizás prolongada. En estos últimos casos, ¿deberíamos someternos al curso “natural” de los acontecimientos, o a dogmas ideológicos o culturales acerca de aceptar su curso?
Asunto espinoso, si se considera la necesaria precisión jurídica, médica, entre otras, para establecer límites precisos en su ejecución, desde una posición ética respetuosa de la voluntad personal, de la propia noción electiva entre bienestar y sufrimiento vs. posibles consideraciones potenciales espurias o interesadas por la coacción o el aprovechamiento inmoral de terceros.
Ver todas las respuestas
En principio, Cuba es un país con pobre cultura jurídica y este desconocimiento incide en muchos aspectos de la vida. Ciertamente, hay diferencia entre conservar y/o prolongar la vida de una persona: es un momento de alta carga dramática y toma en cuenta varios elementos, al tratarse de determinadas decisiones relacionadas con un ser humano.
En este caso, la cuestión de análisis toca aspectos obviamente médicos, sociales e, incluso, religiosos y jurídicos. Determinar la intervención de cada uno deberá quedar previsto en ley y ello hará que, directamente, el Derecho tenga una fuerte presencia al momento de determinarse por la vida de un ser humano.
Confluyen tópicos sin los cuales es imposible decidir sobre la vida de una persona; porque la bioética, por su naturaleza, se encarga de los elementos que abordan la ética médica, sin la cual no serían posibles los protocolos, llamados a decisiones cruciales que no se quedan solo en lo que dicta la medicina o lo que pida una persona; sino lo que define el bienestar de un ser humano. Todo se vincula con aspectos de derechos humanos, porque se relaciona con la dignidad de la persona.
En cuanto a las implicaciones religiosas, no siempre Confluyen; sin embargo, cuando concurren en las decisiones de la preservación o no de la vida, tienen un protagonismo importante más allá de la práctica religiosa. En este caso no todo está dicho y siempre se generan controversias importantes.
En el plano que me corresponde, creo que habrá que hacer un estudio más transdisciplinar. Hay opiniones de diversas posturas y desconocimiento en muchos aspectos. No quiero tocar la parte bioética ni médica, porque tengo mis recelos; no creo que puedan darse el lujo de decidir sobre la vida cuando se permite que día a día muchos de los alimentos que comemos se producen con una alta carga de bioquímicos. Contra eso solo he oído pronunciarse en este país al doctor Carlos Delgado, de la Universidad de La Habana, al cual admiro por su valentía y dedicación.
En cuanto a lo religioso, pues sería redundar en que ninguna religión –al menos las que conozco– está a favor de la muerte de ningún ser humano, sea por las causas que sean. Para la religión, es Dios quien da la vida y solo Él puede quitarla. Y estemos alertas, porque si muchas iglesias protestaron contra la Constitución y el Código de las Familias, pues ahora vendrán con mucha más fuerza contra el Estado porque se está poniendo en juego lo más sagrado que hay para cualquier persona religiosa: la vida.
En Cuba la eutanasia no es admitida en ninguna de sus variantes. Desde el punto de vista legal, no existe en el Código Penal ninguna figura delictiva que tipifique específicamente esta conducta, o sea, la del trabajador de la salud que por compasión ponga fin a la vida de un paciente. En caso de hacerlo, estaría cometiendo un delito de homicidio, un asesinato y, como tal, es sancionado por el Código Civil y por la Ley 41 de la Salud Pública y sus reglamentos. De modo que en Cuba la práctica de la eutanasia es penalizada.
Además, en mi opinión, los profesionales de la medicina cubana no están preparados para enfrentar la vida y la muerte de una manera diferente de como fuimos formados: la medicina hipocrática, medicina para salvar. Es necesario darse cuenta de que es un problema que no es solo del mundo desarrollado, sino que está llegando a todos los lugares; que la cultura médica cubana no está preparada para enfrentarlo y, por tanto, hay que encontrarle alguna solución desde la realidad y el contexto actual.
El término, a mi consideración, no debe verse de modo aislado e independiente entre paciente, familiar y personal médico, debido a que cada cual tiene consideraciones al respecto. Como profesional de la salud, no lo vería de la misma forma que si fuera paciente o familiar, empáticamente hablando; por lo cual le confiero dificultad a la hora de decidir.
-
¿Considera que la sociedad cubana está preparada para asumir la eutanasia como práctica médica y como derecho individual?
Naomi C. Bonilla PedrosoHace poco realicé un acercamiento somero al tema entre un grupo de profesionales de diferentes ámbitos, entre los cuales también participaron personas que no son universitarias, y casi todos coinciden en conferirle importancia a la calidad de vida de las personas y el derecho a decidir voluntariamente, o por algún responsable legal, de culminar la vida si el paciente se encuentra en un marco donde no haya posibilidades de mejoría y la evolución de la enfermedad sea desfavorable.
Pero ¿dónde está la contradicción? Ah, en que pocos tomarían esa decisión con un familiar de primera línea, dígase padres o hermanos, y ninguno lo haría con sus propios hijos. Lo otro sería que, como médicos, ninguno tendría el valor para tomar la decisión de aplicar el método directo o activo de eutanasia pero, en casos excepcionales si se pudiera, aplicarían el método indirecto o pasivo. Se vuelve muy difícil decidir que el proyecto se apruebe, ya que socialmente resultaría contradictorio y difícil.
El valor de la vida humana varía, pues no es lo mismo la existencia puramente biológica, que la vida con conciencia, con capacidad de interacción mental, social y física con otros seres, con posibilidad de experiencias agradables, con una preferencia consciente de seguir con vida. En el fondo, muchas de las decisiones médicas encubren, de algún modo, consideraciones de esta índole sobre la calidad (dignidad) de la vida y sobre qué beneficia al paciente. La doctrina del valor sagrado de toda (forma de) vida humana nos llevaría a hacer todo lo posible por prolongarlas.
Las iglesias cristianas son contrarias a la eutanasia y al suicidio asistido: es el caso de la Iglesia Católica Romana y de las Iglesias evangélicas y pentecostales. Las iglesias luteranas, metodistas y anglicanas se oponen en principio, pero dan espacio para la decisión individual, caso a caso. Por otro lado, varias iglesias han optado por no pronunciarse y enfatizar el valor de la conciencia individual en cuestiones éticas; son los casos de las iglesias católicas afiliadas a la Unión de Utrecht y algunas iglesias presbiterianas, entre otras.
La óptica judía sobre eutanasia dice que se debe hacer todo lo que esté a nuestro alcance para poder conservar y prolongar la vida, sin tener en cuenta lo conocido como «calidad». Sin embargo, una vez que una persona esté agonizando, ya no hay obligación de prolongar la vida de esa persona; hacer algo que acorte la vida es un asesinato.
La ética clínica cubana admite el rechazo al tratamiento y el respeto a sus decisiones; sin embargo, también practica el principio de veracidad soportable, de acuerdo con nuestros patrones culturales, lo cual hace que el paciente no tenga a la mano toda la información que le permita tomar decisiones sobre terminar o no con su vida.
Ver todas las respuestas
Por lo poco que he podido indagar, me parece que no. Si realmente somos transparentes, sabríamos que Cuba nunca ha sido educada para esto; seamos conscientes y salgamos a las calles, a los barrios, a las escuelas a preguntar qué creen las personas sobre esto y de seguro no sabrán explicar. Por lo que he podido escuchar, me parece que esto de la eutanasia las personas lo entienden más como distanacia, como esa opción de poner fin a una vida deliberadamente sin opciones de curas.
Desde mi percepción, la sociedad cubana no se encuentra preparada para asumir la eutanasia, ni como práctica médica y, menos, desde el derecho individual.
Posiblemente exista diversidad de opiniones sobre la eutanasia asistida en la población cubana, de acuerdo con las condiciones mencionadas. Valdría la pena considerar, entonces, si el fin de la existencia terrenal tendría que estar sometido al tormento del sufrimiento, no sólo de la persona que padece sino de sus acompañantes y familiares, quienes deben padecer, con mucho pesar y estrés, las incertidumbres y dolores que le causa al sufriente y a ellos mismos, ese estado tenebroso del fin de la vida.
O si, por el contrario, una opción valiente, considerada del bienestar personal y de los demás —como la previsión de un estado irremediable (ya sea por una enfermedad terminal sin remedio o un estado psíquico alienante y de pérdida de la identidad individual)—, pudiera ser anticipada como decisión personal irrevocable, con las garantías de que no ocurriese el acto eutanásico por fines oportunistas de otras personas, o por una voluntad suicida tratable.
Nuestra sociedad —como otras— ha considerado este tema como tabú, históricamente. La elaboración de una posible ley debería prepararse con suficiente antelación de debate y argumentación social y por los medios de comunicación, con vistas a revelar las diferentes posiciones al respecto y lograr avanzar hacia el respeto personal a quienes se inclinen a tal acto.
-
De aprobarse la eutanasia como parte del Proyecto de Ley de Salud Pública, ¿qué repercusiones éticas tendría para los profesionales de la salud, teniendo en cuenta que ellos se rigen por el Juramento Hipocrático, fundamento del Código de Ética cubano que prescribe los mayores esfuerzos del médico para salvar al paciente, incluso en estado crítico, y qué garantías les podría ofrecer para aquellos que no consientan en ejercerlo?
Deyni Terry AbreuNo es posible responder sobre las repercusiones éticas desde la observación o por hipótesis. Estamos hablando de una situación compleja; sin embargo, considero que no entra en conflicto con el juramento hipocrático, porque estamos hablando de dar cumplimiento a una voluntad amparada en un mandato legal.
Ver todas las respuestas
En Cuba es excepcional que un paciente solicite poner fin a su vida y esa problemática no es frecuente entre los profesionales de la salud; sin embargo, sí es una realidad en el caso de pacientes que padecen enfermedades terminales, pues su calidad de vida y los sufrimientos son un conflicto para familiares y profesionales de la salud, los cuales hacen el mayor esfuerzo por minimizarlos y tratar de que se respete su dignidad como persona. La existencia del plan del médico de la familia, con su enfoque multidisciplinario que permite, entre otros aspectos, el ingreso en el hogar de estos pacientes, está brindando una solución momentánea. Pero no debemos olvidar lo que ocurre en el mundo actualmente, para lo cual debemos estar preparados.
De modo que considero que debería ampliarse más la introducción del tema en la sociedad haciendo conciencia acerca de su contenido para que no existan confusiones ni resulte una situación tan compleja a la hora de tomar decisiones que competen al personal de la salud. Yo aprobaría la ley para casos excepcionales, muy bien justificados, y solo utilizaría el método indirecto o pasivo, el cual viola de forma menos cruel el juramento hipocrático por el cual nos formamos.
Es cierto que no violar el juramento hipocrático –consistente en propiciar el bienestar de las personas, aún en caso de enfermedad crítica– implica un componente ético profesional de búsqueda de los medios de sanación de las personas. No obstante, ¿se opondría a ello la decisión individual y confirmada legalmente de no llegar a un final de sufrimiento irremediable?
En esos casos, quizás, la determinación anticipada de la persona acerca de cuáles condiciones serían aceptables para aplicar la eutanasia asistida podría tener un fundamento aceptable para sincronizar el juramento hipocrático con la voluntad individual de evitar sufrimientos irremediables, en busca de una muerte digna.
Ya eso será harina de otro costal. No debemos olvidar que en el campo de la salud hay miles de profesionales que pertenecen a religiones y ahí el conflicto sería mayor. Muchos de ellos escogieron la profesión de médicos para poder salvar vidas. ¿Mi propuesta? Que eliminen o transformen ese Juramento Hipocrático porque, de mantenerlo, entonces si estarían “jurando” a personas muy hipócritas.
Veamos cómo se sale de este meollo. Ojalá la última solución posible de cura para un ser humano nunca sea la muerte.
Su dirección email no será publicada. Los campos marcados * son obligatorios.
Normas para comentar:
- Los comentarios deben estar relacionados con el tema propuesto en el artículo.
- Los comentarios deben basarse en el respeto a los criterios.
- No se admitirán ofensas, frases vulgares ni palabras obscenas.
- Nos reservamos el derecho de no publicar los comentarios que incumplan con las normas de este sitio.