La nueva normativa cubana sobre el TCP: ¿comienza el despegue?
Los cambios anunciados son parte inseparable de las transformaciones necesarias del modelo económico, tanto en curso como pendientes de implementar.
Hace pocos días, los medios nacionales anunciaron la próxima promulgación de una nueva normativa sobre el Trabajo por Cuenta Propia (TCP) con el propósito declarado de dar un impulso más resuelto a este actor económico, lo que se une a otras medidas como la inserción del sector no estatal en el comercio exterior.
Ampliada la información en la noche del martes 9 de este mes por importantes funcionarios del gobierno, se explicaron aspectos como la adopción de una ventanilla única para efectuar, un solo punto de contacto con el solicitante, toda la «tramitología» relativa al ejercicio del TCP.
Concebida como facilitadora del proceso de atención, aprobación y seguimiento a los emprendimientos, la implementación deberá estar acompañada con mejoras derivadas de una adecuada gestión documental y la informatización, que asegurarían mayor velocidad de tramitación y una actuación más expedita de las entidades evaluadoras de los proyectos.
Todo esto deberá traducirse, como criterio para medir la efectividad de esta mejora, en una reducción de los tiempos requeridos para la formalización de un proyecto emprendedor.
También se incorporaron otras transformaciones como la supresión del denominado alcance del proyecto, con todas las barreras aparejadas a este concepto a la hora de otorgar las licencias, así como la ampliación del mínimo exento de tributos y la consideración de los gastos de inversiones a los efectos de la tributación que deberán honrar los TCP.
Lo prohibido
Pero sin dudas, el anuncio de mayor trascendencia e impacto mediático ha sido el cambio en el enfoque prevaleciente desde el relanzamiento del TCP en el 2010 -una pormenorizada lista de actividades autorizadas- y su reemplazo por una relación de actividades prohibidas a partir del Clasificador de Actividades Económicas vigente y otras normativas jurídicas.
La nueva lista, de acuerdo con las explicaciones oficiales, preserva los emprendimientos actualmente en operación, incorpora la hasta hoy prohibida programación de equipos de cómputo y establece algunas excepciones a las actividades no autorizadas, como es el caso de las vinculadas a la enseñanza artistica, el cuidado de niños, entre otras.
Este cambio, demandado desde hace tiempo y respaldado por un amplio consenso, constituye un paso en la dirección correcta: movilizar el potencial emprendedor del llamado TCP no sólo como fuente de empleo y provisión de ciertos bienes y servicios (por lo general de bajo valor agregado), sino como parte de un tejido empresarial diverso cuyo aporte al desarrollo del país debe también ser movilizado.
Apenas al día siguiente de la información esta lista fue publicada en el sitio web del Ministerio de Trabajo con la salvedad de que podría sufrir cambios, abriendo un espacio para expresar dudas que inevitablemente han de surgir, pero también para realizar análisis de estas actividades en su relación con el Clasificador que les sirve de base y formular propuestas de mejoramiento.
Por la información ya disponible y a la espera de la norma definitiva, están ausentes algunas actividades profesionales que posibilitarían lograr proyectos más robustos y de mayor valor agregado, y que encontrarían nichos de mercado donde colocarse, incluso en el sector estatal.
Muchas opiniones ya pueblan las redes sociales, cuestionando la ausencia de servicios vinculados a profesiones como contabilidad y arquitectura, entre otras.
Su incorporación resultaría una nada desechable oportunidad de emplear mejor la fuerza de trabajo calificada con que cuenta el país, cuyo aporte al crecimiento, según hallazgos de investigaciones realizadas sobre este tema en años anteriores, aún insuficiente.
Aclaraciones y rectificaciones
Ya de hecho se produjeron las primeras aclaraciones (los creadores cinematográficos y de audiovisuales independientes, amparados por otro marco jurídico) y rectificaciones en proceso, como el caso de los estudios de grabación privados.
Es de esperar que este nuevo enfoque, una vez perfeccionado en su versión original a partir de la retroalimentación en curso, sea el preámbulo, más temprano que tarde, para legitimar la personalidad jurídica de lo que de hecho son (y pueden ser) no pocos emprendimientos cubanos: micro, pequeñas y medianas empresas.
Este cambio y las facilidades previstas para presentar y reinscribir proyectos, supondrá retos adicionales para los emprendedores actuales y futuros, que precisarán de estrategias de desarrollo y capacidad de gestión operativa para conducir, sostener e incluso transformar sus proyectos, bajo un probable escenario de mayor competencia.
Su preparación en temas jurídicos y de gestión empresarial, con el apoyo de instituciones como consultorías y universidades, cobrarán mayor relevancia.
Los cambios anunciados y sobre todo su irreversibilidad no deben responder sólo a coyunturas económicas desfavorables (como la actual), en tanto son parte inseparable de una perspectiva más amplia: las transformaciones necesarias del modelo económico, tanto en curso como pendientes de implementar.
En este último caso hay que mencionar la ausencia del mercado mayorista para los TCP.
Se trata de propiciar el fomento e interacción de diversos actores económicos, que eleve la deprimida capacidad empresarial del país y favorezca cambios en la composición sectorial y territorial de su tejido empresarial para una mayor productividad, creación y distribución de riquezas.
Priorizar a un determinado actor de la economía como fundamental dentro del entramado de empresas en Cuba (en este caso la empresa estatal), no significa preterir a los restantes actores y como dijera el Ministro de Economía, Alejandro Gil, en la Mesa Redonda donde se anunciaron estos cambios: » la Economía es una sola». Dicho de otra forma: la economía, bien se sabe, es un sistema. (2021)
Su dirección email no será publicada. Los campos marcados * son obligatorios.
Normas para comentar:
- Los comentarios deben estar relacionados con el tema propuesto en el artículo.
- Los comentarios deben basarse en el respeto a los criterios.
- No se admitirán ofensas, frases vulgares ni palabras obscenas.
- Nos reservamos el derecho de no publicar los comentarios que incumplan con las normas de este sitio.