Derechos en Cuba: viejos y nuevos desafíos
Fernando R. Romeu Caignet*
Licenciado en Derecho e integrante de Alianza Unidad Racial (AUR) *Aunque la entrevista fue respondida en primera persona, las respuestas a este cuestionario son compartidas por quienes integran Alianza Unidad Racial (AUR)
Sin el llamado “teque” consabido, la Revolución Cubana ha tenido siempre en su programa —aunque no bajo tal conceptualización— la lucha por los derechos humanos y esa fue la esencial causa de su surgimiento. Ahora bien, los derechos son múltiples y multidimensionales; esto es, por ejemplo, los derechos de la mujer expresados como madre, trabajadora, con independencia del color de la piel, como sujeto de derecho internacional, etc.
El concepto, y con ello la definición de derechos humanos, ha sido tratado tradicionalmente en la esfera internacional, por lo que gobiernos y sistemas políticos, unas veces mediante sus medios de comunicación, han manipulado el tema; otras, lo han politizado o simplemente invisibilizado según las relaciones existentes entre el país donde se violen dichos derechos y el país o gobierno divulgador o acusador de tales hechos.
Por su parte, el gobierno cubano ha dado las respuestas que ha considerado en los foros internacionales a todas las acusaciones formuladas por sus adversarios, en su contra, sobre violación de los DDHH
No hemos constatado en Cuba evidencias desde el plano político práctico, ni académico, sobre un estudio distinto, un replanteo del concepto ni de la definición de DDHH. En ese aspecto, el gobierno y sus instituciones, a través de los años de asedio imperialista, se han limitado a dar respuestas hacia la opinión pública mundial, pero bajo los cánones o parámetros construidos desde los centros de poder imperialistas; ha sido un mecanismo de acción-reacción. Falta construcción teórica, no bellos ni trasnochados teoricismos.
En nuestras aulas seguimos instruyendo a los pupilos de las ciencias sociales bajo muchos conceptos y definiciones muy bien pensadas desde y para la lógica capitalista, que dejan margen muy estrecho para el desarrollo de nuestras potenciales y superiores argumentaciones de izquierda revolucionaria; pero ahí está el detalle: las ideas bien definidas, la construcción de un discurso descolonizador hace falta. A pesar de ello, reconocemos que algunos sujetos, a título personal, violan estos derechos humanos, pero no creemos que esa sea la voluntad política del Estado.
Más que el avance del concepto y su definición teórica, ha evolucionado la práctica política. Podemos constatar que la crisis de la pasada década del noventa trajo aspectos positivos para la ciudadanía en materia de ejercicio de los DDHH. Por ejemplo, en cuanto a la no discriminación por creencias religiosas, si bien la norma fría enunciaba tal derecho, sabido es la fortísima censura en nuestros cuerpos normativos ético-político-ideológico y las dolorosas consecuencias para los estigmatizados; también ha ganado el derecho a la libre creación en el ámbito intelectual, porque con anterioridad, si se trataba de una obra que reflejaba el espíritu y la cultura africana, se tenía como cosa atrasada, y a veces hasta demoniaca: la rumba era asunto de negros, sinónimo de bajo mundo, etc. Esas concepciones racistas eran tortura psicológica, amputaciones a los derechos humanos, y todas estas situaciones responden a que, pese a los años de revolución objetiva, todos (dirigentes y dirigidos) estamos en pleno proceso de esa misma revolución en lo subjetivo. Se trata de autodescolonizarnos, avanzar más en la educación y esto pasa y alcanza los más altos puntos a través de las discusiones, de divergencias y convergencias; ese es el ejercicio del derecho constitucional de libertad de pensamiento y palabra. Reza una vieja sentencia griega que “el soldado solo se conoce en la batalla” y si rehuimos la confrontación, dudosa es la consolidación.
Hay cierto tabú —algo que, menos mal, se va perdiendo— en cuanto a discutir sobre DDHH en Cuba, un tema que puede y debe llevarse por parte de la sociedad civil, y entre esta y su gobierno, pues toda solución parte del encuentro de dos o más percepciones distintas. Jorge Luis Acanda ha señalado, en múltiples conferencias, que “hasta el concepto DDHH nos lo hemos dejado secuestrar por los enemigos”, de modo que a veces ridículamente comentar sobre tal cosa al cubano le impacta como tema subversivo, he ahí el tabú. Existe, por demás, una incultura jurídica en cuanto a ver que el derecho humano es eso, un derecho como otro de los tantos ya existentes.
Desde la pasada década del noventa, como reenfoque de lucha ideológica, los centros de poder imperialistas han venido reelaborando, principalmente, cuatro conceptos y definiciones: Derechos fundamentales, Derechos humanos, Derechos sociales y Derechos ciudadanos. Todos estos derechos son humanos. Lo que sucede es que tales teorizaciones responden a dos líneas muy semejantes: una línea como fundamentos de futuras estrategias imperiales, es decir, el sistema imperialista arma un catálogo de normas cuyo cumplimiento se le exige aplicar a pequeños países bajo pena por violación, ¿y por qué? Porque de esta forma queda preparado un sustrato jurídico político internacionalizado, que le da seguridad y garantía jurídico-económica a las futuras inversiones de los monopolios capitalistas en el contexto elegido por los aludidos centros de poder occidentales, cuyo incumplimiento normativo por el país que resulte acusado puede acarrearle la intervención militar en pos de salvar derechos fundamentales, o humanos o como se les llame; ahí está la ironía de abrazar ciertas teorías sin sentido crítico. La otra línea de trabajo de los centros de poder imperiales es la manipulación hacia lo interno de las sociedades, haciéndoles creer a los ciudadanos reclamantes de derechos, la increíble idea de que una cosa es derecho y otra cuestión es política, y así intentan despolitizar protestas, demandas y otras formas de lucha sobre asuntos de derecho.
En Cuba todavía queda por avanzar en materia de DDHH; aunque, por ejemplo, desde 2015 —con la nueva Ley migratoria—cualquier persona puede, por libre y propia voluntad, sacar pasaporte y viajar las veces que desee y regresar a su país. Este era un derecho irónico para los cubanos. Hoy, como se puede ejercer a voluntad, es un verdadero derecho. Las personas tienen derecho a servicios médicos gratuitos, pero no se le reconoce el derecho a leer la historia clínica, o a una fotocopia exacta de esta; en ese aspecto se le trata como objeto, por solo hablar de dos ejemplos.
Una declaración de derechos no indica la posibilidad de ejercerlos; el centro está en la garantía para tales ejercicios, que se afinca en un contexto jurídico, político, histórico, económico, sociocultural, de intereses sectoriales o clasistas, y hasta concepciones individuales de quienes ejercen gobierno, y esta trama es mutante, no siempre propicia —desde la perspectiva política— para garantizar la materialización de ciertos derechos considerados no fundamentales. Es decir, no siempre existen las condiciones y preparación político-ideológica ni cultural para que sean asumidos determinados arquetipos, tanto por parte de la población como de sus propios dirigentes. En igual sentido, no en todo momento existe una buena, sólida y abundante base económica para disfrutar de ciertos derechos patrimoniales, y así sucesivamente en otros aspectos. En este caso la dirigencia opta por satisfacer escalonadamente, según necesidades epocales, y la intensidad y emergencia de los peores problemas a resolver en un momento determinado.
En sentido concreto, para los cubanos —salvo la educación, la salud, el arte y el deporte— los demás derechos han quedado en planos más alejados; unos por falta de posibilidades reales para su ejercicio y otros políticamente intencionados. Recordemos que Nelson Mandela dijo que el derecho a la comunicación y a estar informado es un derecho humano. Al respecto, Cuba va registrando avances con Internet, no obstante, percibimos lentitud —entre otras cosas— por los prejuicios y temores de arriba a que la población, de momento, acceda a un volumen aparatoso de información. A estas alturas, cuando ya millones de cubanos han viajado, visto, sentido, escuchado y probado otros paisajes, otros sabores, otros sonidos y otros vinos, y siguen tan cubanos como siempre.
Consideramos que se mantiene como tema tabú el debate sobre la discriminación racial. Nos impresiona que los que tienen la llave —por decirlo de alguna forma— todavía se encuentran histórica, moral y psicológicamente comprometidos y culpables, de forma tal que temen a un supuesto juicio, algo que ni pensarlo, porque los de hoy no tenemos ni la mínima culpa de lo sucedido a nuestros ancestros; unos esclavizados y otros esclavistas, unos del ejército libertador y otros del español; se trata de colocar las cosas en su lugar y cortar ese karma inútil, ese obstáculo del desarrollo humano. Debemos recordar que, como reclamo de derecho, los ciudadanos sabemos que este es un asunto de conquista, una “lite” [disputa] en la paz, pero enérgica, constante, pujante, porque los que gozan de mejor posición desde su ancestro no la van a compartir, tengan el grado, rango, título o los combates y condecoraciones a favor de la igualdad. Es puro eufemismo que, psicológicamente, le refuerza su posición de subordinador, una puja que se dinamiza en las esferas de las relaciones multidimensionales de poder.
Por último, pero más alarmante, es la inmunidad de que gozan ciertos anuncios y convocatorias racistas publicados en carteles y, a través de los medios, solicitando para deterrminada actividad o empleo “muchachas jóvenes blancas…”, lo que representa una proclama contra la revolución porque esta última sería un deseo, en tanto el primero, por su aceptación pública, es ya el proceso de demolición.
A ello agréguese el hecho de que la Ley 65 del Código Penal vigente en Cuba, cuando aborda las discriminaciones, omite las llamadas modalidades de la figura, significando esto que no va más allá de la modalidad básica y omite, para estos casos, que quien cometa el acto de discriminación con abuso de autoridad, de cargo laboral, desde una institución escolar o administrativa (como lo es la Policía Nacional Revolucionaria) incurre en mayor sanción; pero ese es otro debate de nuestro grupo AUR.
Todo cuerpo jurídico normativo es voluntad política, los DDHH en el plano internacional son reflejo de consenso de esa voluntad de varios Estados; por tanto, cualquier discusión se hace sobre una base legal prestablecida o constituida, como son los tratados.
Los países capitalistas se caracterizan por establecer relaciones entre Estados como representantes de su ciudadanía y es en manos de la ciudadanía —claro está, en una parte de esa ciudadanía como sector privado— donde se sitúa la mayor parte del capital y se dinamiza el desarrollo a través del cual se ejecutan las relaciones no estratégicas entre las naciones. Por lo que los dirigentes capitalistas no debaten, ejecutan, ni sellan negocios, se limitan a autorizar la actividad económica mercantil y establecer los renglones o productos a intercambiar libremente, y los que se considerarán estratégicos y objeto de comercio a nivel de Estado, que para ellos son de especial connotación.
En nuestro contexto, es solo un grupo de personas como representante del país que asume y concentra en sí la totalidad de las actividades concebidas y concebibles en la nación; el político es a la vez comerciante, y es él quien determina qué necesidades son las importantes y cuáles se van a satisfacer; firma contratos, administra por sí presupuestos, etc. Para el capitalista, resulta inaudito que solo un grupo determine, inclusive dentro de un proceso de negociación sobre productos simples, cuáles son los más importantes y necesarios para una población, ya que ellos están acostumbrados a tomar como referente de aceptación al cliente; a los empresarios capitalistas les hablamos de nuestros empresarios, pero ellos casi nunca se reúnen con los nuestros. Entonces, les parece que están negociando con un solo sujeto o un grupo para el cual todas las decisiones, por simples que sean, tienen que ser consultadas y emitidas por un centro de mando. Por estas peculiaridades nuestras, el capitalismo acusaba —todavía lo hace— a nuestro gobierno de mantener un sistema altamente subyugante, violador de los DDHH
Y como había señalado, el debate sobre derechos humanos entre Cuba y EE.UU. se mantiene en la arena internacional —cosa curiosa— a pesar de que siempre hemos respaldado y seguiremos respaldando y mejorando, nuestro proyecto social y apoyamos las respuestas que nuestro gobierno da contra las acusaciones imperiales —porque es asunto de cubanos—, nunca hemos visto o escuchado por la prensa el pliego de acusaciones ni los argumentos de nuestros inquisidores. También por esta cuestión nuestra ciudadanía, que no es iletrada, se desentiende del asunto en cómplice silencio, al percibir que se le declina como sujeto.
Cuando se va al fondo del asunto, vemos que todos los derechos son consustancialmente humanos. La clasificación de civiles, políticos, económicos, y otros son enfoques académicos metodológicos y estrategias políticas; ellos en sí mismos son un conjunto para un mismo individuo y todos son fundamentales, esta idea expresa la máxima aspiración de libertad para quienes habitamos este planeta.
La Constitución cubana es escueta, enunciativa, muy general, de modo que fríamente es solo —como Carta Magna o Ley de Leyes— la norma que traza las pautas del sistema sociocultural, político, económico y filosófico a construir y mantener. Debiera decir más.
Lo importante para el cumplimiento de cualquier Constitución y otras normas enunciativas son las normas procesales, las que señalan quiénes, cuándo, cómo, qué requisitos físicos, económicos, sociales y de afiliación política, filosófica o ideológica ha de tener cada sujeto para ser reconocido y protegido por el sistema legal como titular de determinado derecho. También son importantes las herramientas legales y las garantías plenas para utilizarlas contra cualquier caso de violación de las normas constitucionales. Además de las conocidas leyes y decretos leyes, las normas procesales son un inextricable entramado que se diluye en múltiples reglamentos, resoluciones, circulares, instrucciones, indicaciones, directivas, órdenes y acuerdos, generalmente no publicados o de uso restringido, secreto, o para uso exclusivo de la administración, de modo que a través de estos últimos ocho actos administrativos se instrumenta verdaderamente el ejercicio de la justicia en nuestro contexto.
Una norma constitucional no imprescindiblemente ha de formar parte del cuerpo de la Carta Magna, puede ser cualquier otra, siempre y cuando no contradiga los principios enunciados en la primera.
La Constitución cubana, formalmente, no divide sus capítulos en derechos civiles, políticos, económicos y otros, sino que estos se encuentran difusos en varios capítulos, por ejemplo: Cap. II: Ciudadanía; Cap. IV: Familia; Cap. V: Educación y Cultura; y otros. Cuando se hizo la Constitución, el gobierno consideró no plasmar los derechos conforme a los pactos y tratados internacionales de DDHH, de los cuales Cuba ya era signataria, y esto es algo que de igual forma requiere un análisis estratégico.
Me parece más bien un replanteo del sistema económico en pos de buscar y estructurar un modelo, porque nuestra realidad económica está a tanteos inocultables; ni siquiera dicha realidad está reflejada en la ya desactualizada Constitución.
Creo que el gran sarcasmo de nuestro molde socialista es que está concebido para que ningún asociado ni actor social, no expresamente designado desde arriba, intervenga como sujeto activo en el desarrollo de la nación, cosa que es un derecho ciudadano importantísimo y una responsabilidad, en igual proporción tanto personal como colectiva; la tarea tradicional ideológicamente legitimada, aplaudida y premiada es la de ser un sujeto estricto y óptimo cumplidor, esperar disciplinadamente sin protesta alguna a que lleguen las indicaciones de arriba sobre lo que hay que hacer y cómo hacerlo; jamás poner peros. Con esta pose se creó y crió una ciudadanía laboriosa, a la vez irresponsable e hipócrita, porque no respondía de nada, no estaba a cargo ni decidía nada, para nada (nació el peloteo).
Ahora las cosas cambian, se reclama la verdadera socialización de la construcción del socialismo, todos somos responsables porque todos debemos estar realmente a cargo de algo, como sujetos activos, en la creación y ejecución del proyecto social. No hay que esperar que absolutamente toda indicación venga de arriba, donde se tiene una visión distinta y distante, consecuentemente, en otra escala de prioridades. Por eso, atemperadas a los nuevos tiempos, se están estableciendo dinámicas de cooperación —no de imposición— entre los distintos actores sociales individuales y colectivos, estatales o no, con ideas autónomas para, entre todos, resolver en cada nivel los problemas. Expresaremos ahora una vetusta verdad filosófica: un fenómeno apreciado por cien sujetos tiene cien puntos de vistas diferentes, igual número de interrogantes e igual cifra de soluciones y todas importantes, porque afectan por repercusión a los cien sujetos.
La profundización y aceleración de las transformaciones socioeconómicas a que se refieren ustedes en su interrogante, solo es decisión de la voluntad política. Es costumbre casi cultural de nuestro sistema responder a un asunto en el paroxismo de su crisis, y ese no está a nuestro alcance. Desde la práctica jurídica podemos decir que la Constitución (en su más amplia acepción) de una nación, su mantención y crecimiento es toda una multiplicidad de ejercicios de derechos Desde el prisma jurídico solo nos queda dar mucha educación jurídica; es una gran batalla de ideas a lo interno; el asesoramiento jurídico a lo estatal y no estatal es importante. Por ejemplo: conocemos buenos proyectos de cooperativas, pero el propio andamiaje jurídico burocrático emitido por la discrecionalidad administrativa da al traste y “enlentece” el avance económico del país.
Con esta visión, entonces tenemos por delante un reto, para que en la implementación del diseño ya existente de comercialización puedan verse representados los más invisibilizados, los marginados, los de a pie, que también (una vez minimizada la burocracia) pueden implementar pequeños negocios, como cooperativas de limpiabotas, de limpieza, costuras, tejidos, manualidades u otras que siempre estuvieron como oficios en manos de pobres, pero que con un modelo de negocio pueden cambiar la situación existente.