El grooming, violencia digital contra infancias a dimensionar en Cuba

Investigaciones la identifican como una forma presente en Cuba de violencia digital contra infancias, con dimensiones por determinar a falta de estadísticas públicas.

No existe estadística pública cubana que permita cuantificar específicamente este tipo de violencia digital contra las infancias.

Foto: Tomada de Unicef Cuba

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) identifica el grooming o engaño pederasta como una violencia digital contra infancias que está presente en Cuba, a pesar de las grandes limitaciones en el acceso a internet de la población local.

El aumento del uso de redes sociales en estas edades eleva la exposición y riesgo de niñas, niños y adolescentes a dicho abuso sexual, mediante el cual una persona, por lo general adulta, acosa o abusa sexualmente a un menor a través de la tecnología digital.

Puede ocurrir mediante redes sociales, mensajería, videojuegos, chats o correo electrónico. Y quienes practican esta manifestación de violencia digital tienden a crear un perfil falso en una plataforma para generar confianza, tal y como sucede con el ciberacoso, el sexting o el shaming.

De acuerdo con Unicef Cuba, el engaño pederasta se presenta como un delito complejo por las diferentes variantes que puede adoptar y las dificultades para detectar al groomer (quien lo ejerce, el agresor), pues se vale esencialmente del anonimato.

 

Un Código más específico

El nuevo Código de la Niñez, Adolescencias y Juventudes, en su artículo 71, establece como riesgos digitales:

  • El ciberacoso
  • El acoso y abuso sexual en línea mediante engaño o manipulación
  • La obtención de imágenes íntimas mediante presión o chantaje
  • La exposición pornográfica
  • La violación a la privacidad
  • La difusión no consentida de imágenes
  • Otros riesgos que vulneran el desarrollo integral

El organismo internacional esclarece que, si bien puede ser recurrente en niñas y niños, las víctimas pueden pertenecer a cualquier edad de la infancia, condición económica o nivel de alfabetización tecnológica.

Plantea además la necesidad de que familias, escuelas e instituciones contribuyan a reconocer conductas de riesgo en niñas, niños y adolescentes, que sirvan a la prevención.

Reconocido en la Ley

Cuba cuenta desde enero de 2026 con un marco normativo que reconoce expresamente los riesgos de esta conducta.

La Ley 178/2025 del Código de la Niñez, Adolescencias y Juventudes agrega disposiciones específicas para la protección al acoso y el abuso sexual en línea, así como mecanismos de denuncia, respuesta y monitoreo.

La incorporación resulta significativa porque, aunque el término grooming no constituye un delito autónomo con esa denominación en el Código Penal vigente desde 2022, las conductas que pueden formar parte de ese proceso están contempladas en distintas figuras penales.

Entre sus disposiciones, el código de la niñez establece la obligación de quienes ejercen la responsabilidad parental de acompañar, educar y supervisar el uso responsable de tecnologías digitales, redes sociales, juegos en línea y plataformas de comunicación.

A su vez asigna responsabilidades al Estado para prevenir y detectar situaciones de riesgo, garantizar atención y servicios de apoyo psicológico y legal a las víctimas, además de formar en competencias digitales al personal vinculado con sectores como educación, salud, trabajo social y justicia.

El fenómeno tampoco es completamente nuevo desde el punto de vista normativo. Desde 2021 una resolución del Ministerio de Comunicaciones incluyó el llamado “engaño pederasta (grooming)” entre los incidentes de ciberseguridad considerados de alta peligrosidad cuando involucran a menores.

El nuevo Código de la Niñez, Adolescencias y Juventudes coloca por primera vez, de manera explícita, la violencia sexual digital dentro del marco de protección integral a la infancia. (Foto: Archivo IPS Cuba)

El vacío de las estadísticas

El reconocimiento del grooming supone un cambio relevante en la manera de mirar la violencia digital contra infancias en Cuba, pero la existencia de una norma no garantiza por sí misma la aplicación. La ausencia de estadísticas públicas específicas dificulta conocer la dimensión del fenómeno en el país.

No están disponibles, al menos públicamente, cifras nacionales sobre denuncias, investigaciones, víctimas ni condenas por este concepto desde que fuera calificado de incidente de ciberseguridad en 2021. Mientras, expedientes judiciales internacionales documentan algunos casos afines.

En marzo de 2026, un ciudadano estadounidense fue condenado por solicitar, durante meses, videos sexualmente explícitos a una adolescente cubana de 15 años, tras establecer comunicación con ella por internet. Un artículo de la revista Alas Tensas reseña el caso.

Se trata de un proceso judicial externo, no de una condena en Cuba por grooming, pero muestra cómo las fronteras físicas no impiden que un menor dentro del país pueda convertirse en objetivo de un agresor que opera afuera.

En este escenario, se plantean interrogantes como: ¿Cuántos casos llegan a las instituciones cubanas? ¿Qué formas de captación son más frecuentes por parte de agresores? ¿Cuáles plataformas son las más usadas? ¿Qué edades tienen las víctimas? ¿Qué ocurre después de una denuncia? ¿Cuáles mecanismos de prevención existen?

Mientras esas preguntas permanezcan sin respuesta con datos oficiales públicos, delitos como el grooming seguirán siendo una violencia reconocida por la legislación y la institucionalidad en la isla caribeña, pero cuya dimensión concreta en la sociedad sigue siendo una incógnita.

Detrás de una pantalla existe oportunidad para el aprendizaje y la comunicación, pero también el riesgo de acoso, engaño pederasta y abuso sexual en línea. (Foto: Tomada de Thomas linkedin.com)

Un estudio de caso en La Habana

El engaño pederasta ya constituye un objeto de estudio dentro del ámbito jurídico cubano. La investigadora Yeney Valido, de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, aborda el problema en el trabajo La prevención de la victimización sexual infantil a través del grooming en Cuba.

Una encuesta realizada por Valido a 120 familias de la capital para la investigación reveló que 92 % de las y los infantes y adolescentes de la muestra contaba con acceso a internet, incluso desde celulares propios en manos de niños de 8 años, lo que evidencia una exposición temprana a estas nuevas tecnologías.

Recoge además que solo 20 % de madres y padres supervisaban de manera ocasional a sus hijos en su actividad en línea y 12 % desconocía completamente los sitios web a los que accedían. Tampoco dominaban su contraseña a los dispositivos digitales.

El estudio encontró que: “Un 12% de los encuestados reportó que sus hijos habían sido contactados por desconocidos en  línea,  resaltándose  un  caso  de  una  niña  de  11  años  que  fue  contactada  por  un desconocido  en un juego  colaborativo,  quien  le  solicitó  información  personal  y  su dirección”.

La familia de la niña precisó que el riesgo fue detectado a tiempo gracias a la utilización del control parental por parte de sus personas adultas a cargo.

Mientras, 58 % de las personas encuestadas desconocía la terminología grooming, por ciento que incluyó a parte de las familias que reportaron contactos con desconocidos.

La investigación, publicada en junio de este ano, concluyó que “la  prevención  de  este  fenómeno  se  puede  desarrollar  desde  diferentes  dimensiones,  sin embargo, son las familias quienes ocupan el papel rector para evitar conductas de este tipo”. (2026)

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