Cuba autoriza créditos bancarios para cuentapropistas
Los créditos a la empresa privada se permitirán sobre todo para la compra de equipos e insumos.
La medida beneficiará también a quienes necesiten de apoyo financiero para comprar materiales de construcción y el pago a la mano de obra.
La Habana, 25 nov.- Con el objetivo de incentivar las producciones agropecuarias, pequeños negocios privados y la construcción de viviendas, entre otros, los bancos de Cuba otorgarán créditos a personas naturales, una necesidad identificada sobre todo entre quienes aspiran a desarrollar su propia empresa.
La nueva normativa entrará en vigor el próximo 20 de diciembre, según la última edición digital de la Gaceta Oficial de la República de Cuba. El sistema bancario cubano, de propiedad estatal, hasta el momento solo concedía esta operación a empresas y cooperativas también del Estado.
Se podrán solicitar préstamos solo en pesos cubanos y los bancos otorgarán la cantidad demandada después de realizar un estudio de riesgo sobre la operación, que considera la cantidad requerida, los plazos de amortización de la deuda y la capacidad de pago de quien lo pide, entre otros, especificó el mencionado decreto.
Las personas con negocios privados y de otros modelos de gestión no estatal pueden usar esta vía exclusivamente con el propósito de comprar bienes e insumos que le permitan mejorar el desempeño de su actividad.
Por su parte, los agricultores pequeños, tanto propietarios como usufructuarios que acrediten legalmente la tenencia de su tierra, cuentan con esta alternativa para adquirir y reparar equipos y medios de trabajo, o desarrollar otras acciones que aumenten sus producciones agropecuarias.
La medida beneficiará también a quienes necesiten de apoyo financiero para comprar materiales de construcción y el pago a la mano de obra, y así emprender tareas constructivas por esfuerzo propio en su vivienda.
Según el documento oficial, esta relación comercial entre las partes se establecerá a través de contratos, de acuerdo con indicaciones del Ministerio de Economía y Planificación de la isla caribeña.
Además, el Banco Central de Cuba (Bcc) amplió los instrumentos de pago a utilizar en este tipo de operación.
Propietarios de tierra y cuentapropistas podrán abrir una cuenta corriente para efectuar mediante ella los cobros y pagos. De hecho, operar una cuenta de este tipo resultará obligatorio para las personas en estas modalidades de empleo, cuyos ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a los 50.000 pesos cubanos.
Asimismo, en la Resolución 101 del Bcc, también publicada en la Gaceta Oficial, se permiten y regulan los cobros y pagos entre entidades estatales y personas naturales que ejerzan alguna actividad de gestión no estatal, como los pequeños negocios privados y la producción agropecuaria.
A través de contratos verbales o escritos, el sector estatal puede optar por bienes y servicios que ofrecen las diferentes iniciativas privadas, siempre y cuando el monto de la contratación no exceda “los límites de gastos establecidos en el plan o el presupuesto aprobado para cada entidad”, según el texto. (2011)
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